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El Salvador

Preparada por la sociedad civil, la ley es integral y se alinea con todos los elementos de la Ley Modelo, yendo más allá en algunos casos. El mecanismo de protección es integral. Nunca salió del parlamento ni se discutió adecuadamente.

Expediente N°342-9-2018-1. Iniciativa de Ley para el Reconocimiento y Protección Integral de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y para la Garantía de Derecho a Defender Derechos Humanos

Tipo de instrumento: Ley y Mecanismo de protección
Estado: (al 1 de enero de 2022)
No adoptada; Enviada el 6 de septiembre de 2018; Archivada por el Congreso el 19 de mayo de 2021.

Comentarios sobre el instrumento:
La iniciativa de ley, elaborada por la sociedad civil, es integral y se alinea con todos los elementos de la Ley Modelo. También amplía muchos elementos e incluye una serie de principios rectores que servirían para ayudar con la interpretación y la implementación. El mecanismo establecido por la iniciativa de ley también es integral y parece tener suficientes funciones y capacidades para servir a las personas defensoras de derechos humanos. Sin embargo, la ley nunca salió del parlamento ni se debatió adecuadamente. Algunos miembros de la sociedad civil que participaron en la redacción consideraron el archivo por parte del Congreso como ‘un acto de irrespeto y de desconocimiento de [sus] esfuerzos, que demuestra que a la nueva Asamblea Legislativa no le interesan los Derechos Humanos’.

¿Contiene el instrumento disposiciones específicas de fácil uso para restringir los derechos de las personas defensoras de derechos humanos?
No

 


Comparación con la Ley Modelo

A continuación se presenta un breve resumen del instrumento en comparación con la Ley Modelo. Para obtener información adicional y análisis de ISHR sobre El Salvador, haga clic aquí.

Una selección de derechos fundamentales para las personas defensoras de derechos humanos incorporados en el instrumento:

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Definición de las personas defensoras de los Derechos humanos

TOTAL

2

Derecho a promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales

TOTAL

1(a), 4

Derecho de formar grupos, asociaciones y organizaciones

TOTAL

5

Derecho de solicitar, recibir y utilizar recursos

TOTAL

6

Derecho a la libertad de expresión y derecho de buscar, recibir y difundir información

TOTAL

7, 9, 20

Derecho a acceder y cooperar con ONG, organizaciones de gobierno y organizaciones intergubernamentales

TOTAL

8

Derecho a participar en asuntos públicos

TOTAL

10

Derecho de tener reuniones de manera pacífica

TOTAL

11

Derecho de representar y promover

TOTAL

12

Derecho a la libertad de circulación

TOTAL

13

Derecho a la privacidad

TOTAL

14, 21

Derecho a no ser sujeto de intimidación o represalia

TOTAL

15

Derecho a no ser sujeto de difamación y estigmatización

TOTAL

16, 19(f), 33


¿Obligaciones del Estado respecto a las personas defensoras de derechos humanos en el instrumento?

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Obligación de respetar, promover, proteger y cumplir los derechos humanos de las personas defensoras

TOTAL

18, 35

Obligación de facilitar las actividades y el trabajo de las personas defensoras

TOTAL

19, 20

Obligación de prevenir y garantizar protección contra la interferencia o intrusión arbitraria o ilegal, y la intimidación o represalias

TOTAL

22, 23

Obligación de investigar, de brindar soluciones efectivas y garantizar la reparación

TOTAL

17, 24-31

¿Mecanismo de protección de las personas defensoras de derechos humanos establecido en el instrumento?
Sí, en el Título IV, artículo 36 y subsiguientes.

Disposición

Cobertura

Artículos

Cooperación con las personas defensoras de derechos humanos, la sociedad civil y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales

TOTAL

36, 37, 48(i,j)

Capacitación del personal del Mecanismo en derechos humanos y libertades fundamentales

TOTAL

39-41, 47, 60

Revisiones periódicas con personas expertas independientes y organizaciones de la sociedad civil sobre el funcionamiento del Mecanismo

PARCIAL

1(f), 42(f,g), 48(k,q,w)

Recursos para el adecuado funcionamiento del Mecanismo / transparencia en el uso de los recursos

TOTAL

38, 48(v), 61-63

Reconocimiento público de la labor y los derechos de las personas defensoras de derechos humanos (promoción de la Declaración de la ONU)

TOTAL

19(c,d), 32, 37(d), 42(b), 48(d,p)

Difundir información sobre programas de protección para personas defensoras de derechos humanos, trabajo del Mecanismo

TOTAL

37(e), 48(o)

Desarrollo de protocolos y directrices basados ​​en mejores prácticas para proteger a las personas defensoras de derechos humanos

TOTAL

42(g), 48(d,i,n), 50, 63(d)

Asistir en las investigaciones para el enjuiciamiento de los delitos contra las personas defensoras de los derechos humanos

TOTAL

37(c),48(l,m)

Concesión de medidas de protección en base a una evaluación de riesgos específica

TOTAL

19(e), 34, 37(a,b,f), 42(c,d), 47, 48(a,b,c,e,f,g,h), 49, 50

Revisión/apelación de la decisión del Mecanismo ante tribunales o autoridad independiente

TOTAL

42(e), 57-59

Confidencialidad y protección de datos personales

TOTAL

14, 47

Acciones para lograr cambios estructurales (informes anuales sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos, asesoramiento al Gobierno sobre leyes y políticas relacionadas con las personas defensoras de derechos humanos) 

TOTAL

37(g), 42(f,g,h), 48(k,t,u)

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