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Honduras

La Ley, adoptada en 2015, junto con su Reglamento, adoptado en 2016, son bastante completos en comparación con la Ley Modelo, faltando algunos derechos.

Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia de 2015 y su Reglamento

Tipo de instrumento: Ley y Mecanismo de protección
Estado: (al 1 de enero de 2022)
Ley adoptada el 15 de mayo de 2015
Reglamento adoptado el 16 de agosto de 2016.

Comentarios sobre el instrumento:
La Ley es bastante completa en comparación con la Ley Modelo. Lamentablemente, algunos derechos importantes para las personas defensoras de derechos humanos (como el derecho a la privacidad, a la libertad de circulación y a no ser sujeto de represalia) no están incluídos explícitamente. Mientras tanto, algunas disposiciones generales brindan una base para una interpretación amplia: el artículo 2 establece que el propósito de la Ley es reconocer, promover y proteger los derechos de las personas defensoras de derechos humanos contenidos en ‘instrumentos internacionales’; el artículo 3.1 indica que la ley debe interpretarse de manera expansiva.

¿Contiene el instrumento disposiciones específicas de fácil uso para restringir los derechos de las personas defensoras de derechos humanos?
No

 


Comparación con la Ley Modelo

A continuación se presenta un breve resumen del instrumento en comparación con la Ley Modelo. Para obtener información adicional y análisis de ISHR sobre Honduras, haga clic aquí.

Una selección de derechos fundamentales para las personas defensoras de derechos humanos incorporados en el instrumento:

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Definición de las personas defensoras de los Derechos humanos

TOTAL

5.1

Derecho a promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales

TOTAL

1

Derecho de formar grupos, asociaciones y organizaciones

TOTAL

4.2

Derecho de solicitar, recibir y utilizar recursos

TOTAL

4.17

Derecho a la libertad de expresión y derecho de buscar, recibir y difundir información

TOTAL

4.7, 4.8

Derecho a acceder y cooperar con ONG, organizaciones de Gobierno y organizaciones intergubernamentales

TOTAL

4.5, 4.11

Derecho a participar en asuntos públicos

TOTAL

4.9, 4.10, 4.11

Derecho de tener reuniones de manera pacífica

TOTAL

4.1

Derecho de representar y promover

TOTAL

4.15

Derecho a la libertad de circulación

PARCIAL

2, 3.6, 5.10, 5.12, 11, 32.4

Derecho a la privacidad

PARCIAL

11, 36

Derecho a no ser sujeto de intimidación o represalia

TOTAL

2, 3.6, 4.18, 5.7, 6, 11

 Reg: 2.11

Derecho a no ser sujeto de difamación y estigmatización

TOTAL

2, 3.6, 4.18, 5.7, 11 

Reg: 4.5, 10.5, 54

¿Obligaciones del Estado respecto a las personas defensoras de derechos humanos en el instrumento?

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Obligación de respetar, promover, proteger y cumplir los derechos humanos de las personas defensoras

TOTAL

2, 6, 7, 8, 9, 53

Obligación de facilitar las actividades y el trabajo de las personas defensoras

TOTAL

3.2, 4.6, 4.14

Obligación de prevenir y garantizar protección contra la interferencia o intrusión arbitraria o ilegal, y la intimidación o represalias

TOTAL

3.1, 3.11, 4.3, 53

Obligación de investigar, de brindar soluciones efectivas y garantizar la reparación

TOTAL

4.12, 4.13 

Reg.: 2.15 

¿Mecanismo de protección de las personas defensoras de derechos humanos establecido en el instrumento?
Mecanismo establecido por esta ley, en el artículo 19.

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Cooperación con las personas defensoras de derechos humanos, la sociedad civil y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales

TOTAL

13-15, 21, 52, 53

Capacitación del personal del Mecanismo en derechos humanos y libertades fundamentales

TOTAL

23, 24.9, 31

 Reg.: 2.3, 2.5, 11, 13, 16, 18, 20, 22, 24

Revisiones periódicas con personas expertas independientes y organizaciones de la sociedad civil sobre el funcionamiento del Mecanismo

TOTAL

16, 24.5, 29.7, 35.6

Recursos para el adecuado funcionamiento del Mecanismo / transparencia en el uso de los recursos

TOTAL

19, 58, 59, 60, 64, 65, 66

Reconocimiento público de la labor y los derechos de las personas defensoras de derechos humanos (promoción de la Declaración de la ONU)

TOTAL

1, 11, 14, 18 

Reg.: 4

Difundir información sobre programas de protección para personas defensoras de derechos humanos, trabajo del Mecanismo

TOTAL

30.2

Desarrollo de protocolos y directrices basados ​​en mejores prácticas para proteger a las personas defensoras de derechos humanos

TOTAL

24.4-24.8, 33, 36, 38, 62

Asistir en las investigaciones para el enjuiciamiento de los delitos contra las personas defensoras de los derechos humanos

PARCIAL

29.9, 29.11, 51

Concesión de medidas de protección en base a una evaluación de riesgos específica

TOTAL

14, 24.6, 29, 32, 36-53

Revisión/apelación de la decisión del Mecanismo ante tribunales o autoridad independiente

TOTAL

54 / Reg.: 15.8, 28.5, 35.10, 60-63

Confidencialidad y protección de datos personales

TOTAL

3.15, 31, 60, 61 / Reg.: 2.17

Acciones para lograr cambios estructurales (informes anuales sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos, asesoramiento al Gobierno sobre leyes y políticas relacionadas con las personas defensoras de derechos humanos)

TOTAL

14, 15, 24.3-24.6

Reg.: 10.5

Acceso rápido

Ley de 2015  Reglamento general