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Madagascar

El proyecto de ley es amplio y contiene todos los derechos y obligaciones de la Ley Modelo, con un texto similar. Los artículos relacionados con el mecanismo de protección son menos amplios, con varios aspectos en la Ley Modelo ausentes o incompletos.

Ley sobre el reconocimiento y la protección de los defensores de derechos humanos

Tipo de instrumento: Ley y Mecanismo de protección
Estado: (al 1 de enero de 2022)
En curso; el texto está en manos del ministro de Justicia.

Comentarios sobre el instrumento:
El proyecto de ley es amplio y contiene todos los derechos y obligaciones consagrados en la Ley Modelo, con un texto muy similar. Los artículos relacionados con el mecanismo son menos amplios, con varios aspectos de la Ley Modelo ausentes o incompletos (p.ej. se contemplan medidas de protección pero no existe un requisito específico para una evaluación de riesgos). Lo ideal es que estos elementos se desarrollen en una versión revisada o en reglamentos complementarios.

¿Contiene el instrumento disposiciones específicas de fácil uso para restringir los derechos de las personas defensoras de derechos humanos?
No


Comparación con la Ley Modelo

BA continuación se presenta un breve resumen del instrumento en comparación con la Ley Modelo. Para obtener información adicional y análisis de ISHR sobre Madagascar, haga clic aquí.

Una selección de derechos fundamentales para las personas defensoras de derechos humanos incorporados en el instrumento:

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Definición de las personas defensoras de los Derechos humanos

TOTAL

2(1)

Derecho a promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales

TOTAL

1(a), 3

Derecho de formar grupos, asociaciones y organizaciones

TOTAL

4

Derecho de solicitar, recibir y utilizar recursos

TOTAL

7

Derecho a la libertad de expresión y derecho de buscar, recibir y difundir información

TOTAL

8, 9, 11

Derecho a acceder y cooperar con ONG, organizaciones de gobierno y organizaciones intergubernamentales

TOTAL

5, 6, 12-14

Derecho a participar en asuntos públicos

TOTAL

15, 16

Derecho de tener reuniones de manera pacífica

TOTAL

17, 18

Derecho de representar y promover

TOTAL

19-21

Derecho a la libertad de circulación

TOTAL

22-24

Derecho a la privacidad

TOTAL

25, 26, 44

Derecho a no ser sujeto de intimidación o represalia

TOTAL

27

Derecho a no ser sujeto de difamación y estigmatización

TOTAL

2(3), 28

 

¿Obligaciones del Estado respecto a las personas defensoras de derechos humanos en el instrumento?

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Obligación de respetar, promover, proteger y cumplir los derechos humanos de las personas defensoras

TOTAL

33, 34, 40

Obligación de facilitar las actividades y el trabajo de las personas defensoras

TOTAL

41-43, 50

Obligación de prevenir y garantizar protección contra la interferencia o intrusión arbitraria o ilegal, y la intimidación o represalias

TOTAL

45, 46, 51-53

Obligación de investigar, de brindar soluciones efectivas y garantizar la reparación

TOTAL

30-32, 47, 48, 49, 60-63

 

¿Mecanismo de protección de las personas defensoras de derechos humanos establecido en el instrumento?
Sí, en la Parte IV, Sección 34, art. 54 y subsiguientes.

Disposición

Cobertura

Artículos

Cooperación con las personas defensoras de derechos humanos, la sociedad civil y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales

TOTAL

54, 55(d)

Capacitación del personal del Mecanismo en derechos humanos y libertades fundamentales

PARCIAL

54

Revisiones periódicas con personas expertas independientes y organizaciones de la sociedad civil sobre el funcionamiento del Mecanismo

NINGUNA

 

Recursos para el adecuado funcionamiento del Mecanismo / transparencia en el uso de los recursos

TOTAL

57-59

Reconocimiento público de la labor y los derechos de las personas defensoras de derechos humanos (promoción de la Declaración de la ONU)

TOTAL

55(e)

Difundir información sobre programas de protección para personas defensoras de derechos humanos, trabajo del Mecanismo 

NINGUNA

 

Desarrollo de protocolos y directrices basados ​​en mejores prácticas para proteger a las personas defensoras de derechos humanos

NINGUNA

 

Asistir en las investigaciones para el enjuiciamiento de los delitos contra las personas defensoras de los derechos humanos

TOTAL

55(c)

Concesión de medidas de protección en base a una evaluación de riesgos específica

PARCIAL

2(4)(d), 51, 55(a,b)

Revisión/apelación de la decisión del Mecanismo ante tribunales o autoridad independiente

NINGUNA

 

Confidencialidad y protección de datos personales

TOTAL

56

Acciones para lograr cambios estructurales (informes anuales sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos, asesoramiento al Gobierno sobre leyes y políticas relacionadas con las personas defensoras de derechos humanos)

NINGUNA

 

Acceso rápido

Proyecto de ley