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Carta abierta a los Estados sobre el proyecto de resolución sobre las personas defensores de DDHH

La sociedad civil insta a los Estados a garantizar que una resolución en el próximo 58º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU aborde la protección de las personas defensoras frente a los riesgos emergentes resultantes de las tendencias y los cambios tecnológicos y en los espacios en línea.

En su actual período de sesiones, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU debatirá un proyecto de resolución sobre las personas defensoras de los derechos humanos y las tecnologías nuevas y emergentes. Estas tecnologías tienen el potencial de mejorar, pero también de perjudicar significativamente, el ejercicio individual y colectivo del derecho fundamental a defender derechos

Las personas defensoras de los derechos humanos están cada vez más sujetas a los llamados delitos cibernéticos cuando acceden a Internet y a las redes móviles, a la violencia selectiva, al acoso, a la desinformación, a la información errónea y a la mala información en las redes sociales, a vulnerabilidades de ciberseguridad en forma de malware, spyware y otros instrumentos malignos o ataques técnicos, y a amenazas a sus comunicaciones e identidades, incluso mediante vigilancia selectiva y masiva y medios sintéticos engañosos y generados maliciosamente.

Además, los Estados y sus organismos encargados de hacer cumplir la ley (a menudo con la ayuda de otras entidades no estatales, incluidas empresas) a menudo eliminan o censuran la información compartida por las personas defensoras en las redes sociales y otras plataformas. Además, los tribunales de muchas jurisdicciones permiten demandas estratégicas contra la participación pública (“SLAPPs” por su siglas en inglés), imponiendo duras sanciones civiles y penales para actividades legítimas en línea como la recopilación de noticias, los tuits y el intercambio de información en interés público.

La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la ONU en 1998, no considera estos desafíos, que han surgido en gran medida con la rápida evolución de la tecnología y el uso generalizado de los teléfonos inteligentes y las redes sociales. Como parte de las actividades para conmemorar el 25° aniversario de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Defensores de los Derechos Humanos, una coalición de ONG impulsó una iniciativa consultiva para identificar los problemas clave que enfrentan las personas defensoras de los derechos humanos y que no están suficientemente abordados por la Declaración de las Naciones Unidas.

En este proceso participaron personas defensoras de derechos humanos, expertos legales y de derechos humanos y la sociedad civil. A lo largo de un año, más de 700 personas defensoras aportaron sus aportaciones a través de consultas en persona o un cuestionario en línea. El resultado es la Declaración +25, un documento que se basa en el derecho internacional vinculante y tiene en cuenta la jurisprudencia internacional de los últimos 25 años, la evolución de los movimientos y el activismo, así como las experiencias vividas de las personas defensoras. La Declaración +25 complementa la Declaración de las Naciones Unidas y debe leerse junto con ella. Juntas, establecen los parámetros y estándares para proteger el derecho a defender los derechos y a quienes los ejercen hoy y durante los próximos 25 años y más allá.

La resolución de este período de sesiones sobre las personas defensoras de los derechos humanos proporciona un enfoque útil y oportuno y un medio para dar efecto a una serie de obligaciones, incluidas las contenidas en la Declaración de la ONU y la Declaración +25. Es importante que el Consejo adopte una resolución que refleje la gravedad y la realidad de la situación que enfrentan las personas defensoras todos los días y que esté adaptada para abordar las necesidades de protección específicas que enfrentan.

Nuestras organizaciones piden a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que garanticen que la resolución reconozca claramente que los derechos de las personas defensoras de los derechos humanos deben protegerse en línea y fuera de línea, reconociendo al mismo tiempo las amenazas crecientes que las tecnologías nuevas y emergentes plantean a las personas defensoras, así como las oportunidades para el disfrute y la promoción de los derechos humanos en la esfera digital.

Deben reconocer el poder que el espacio en línea y las herramientas digitales ofrecen para la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos, y el potencial del entorno digital para la implementación de los derechos contenidos en la Declaración de la ONU y la Declaración +25. La resolución también debería tener como objetivo garantizar que las personas defensoras de los derechos humanos puedan utilizar el poder de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), incluidas soluciones técnicas como el cifrado, en el contexto de sus actividades sin correr riesgos. También debería volver a enfatizar el derecho de las personas defensoras a acceder a la información y a TIC abiertas, seguras y asequibles, como el Internet y las redes móviles.

Basándose en el derecho internacional vinculante reflejado en la Declaración de la ONU y la Declaración +25, la resolución debería hacer llamamientos específicos a los Estados para que:

  1. Garantizar que las personas defensoras de los derechos humanos disfruten de un acceso universal, asequible, abierto, seguro, interoperable, pleno e igualitario a las TIC, de forma no discriminatoria y en todas las circunstancias, incluso durante las emergencias.
  2. No apaguen el Internet, limiten el ancho de banda ni hagan intencionalmente que las comunicaciones electrónicas no estén disponibles o sean inaccesibles en ningún momento, incluso durante elecciones, protestas, guerras o crisis humanitarias.
  3. Promulguen leyes y políticas para reconocer y proteger la privacidad de los datos y las comunicaciones digitales de las personas.
  4. No interfieran en el uso por parte de las personas defensoras de los derechos humanos de soluciones técnicas, incluidas medidas de encriptación, seudonimización y anonimato, con cualquier restricción al respecto que cumpla con el derecho internacional de los derechos humanos.
  5. Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, técnicas y de otra índole que sean necesarias, incluso garantizando la rendición de cuentas del sector privado, para prevenir, remediar y eliminar el acoso cibernético, incluida la violencia de género facilitada por la tecnología, las campañas de desprestigio, la difusión de información confidencial, la difusión de material multimedia malicioso o engañoso y otras amenazas contra las personas defensoras de los derechos humanos. Esto incluye cuando el Estado o quienes lo representan son los propios autores de dicho acoso.
  6. Garanticen que los sistemas de inteligencia artificial y otras tecnologías emergentes estén debidamente regulados y funcionen de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos, y que se abstengan o cesen el uso de tecnología que plantee riesgos indebidos para el disfrute de los derechos humanos, especialmente de quienes están en riesgo, incluidos las personas defensoras de los derechos humanos.
  7. Implementen una prohibición de la venta, exportación, transferencia y uso de tecnología de vigilancia hasta que se establezcan salvaguardas de los derechos humanos. Esto debería incluir la prohibición del uso de tecnologías de reconocimiento facial y biométrico remoto que posibiliten la vigilancia masiva y la vigilancia selectiva discriminatoria, incluidas las llamadas tecnologías de reconocimiento de emociones y de detección de género, que no respetan la dignidad humana y violan los derechos humanos por diseño.
  8. Garanticen que todos los datos personales recopilados, almacenados, procesados, analizados o utilizados de otro modo por empresas comerciales u organismos gubernamentales se hagan de manera coherente con los derechos humanos, empoderando a las personas para que tomen decisiones informadas sobre qué sucede con su información y evitando el acceso no autorizado a los datos o su uso indebido.
  9. No obliguen a las personas a conectarse en línea para recibir servicios públicos o participar en la vida cívica. Los Estados deben respetar el derecho de las personas a desconectarse del ámbito digital.
  10. Regulen las empresas de TIC de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos para evitar el uso indebido de las redes sociales y las plataformas de mensajería para atacar o silenciar a las personas defensoras de los derechos humanos. Esto incluye exigir a las empresas de TIC que implementen mecanismos para responder rápidamente a los informes de acoso o amenazas, y el desarrollo de herramientas para garantizar la seguridad y la privacidad de las personas defensoras en línea.
  11. Adopten todas las medidas necesarias para proteger el acceso a la información, la libertad de expresión y el derecho a formar y mantener una opinión, lo que incluye no censurar ilegalmente Internet, exigir el registro de cuentas, dispositivos o tarjetas SIM, aprobar leyes vagas, arbitrarias o demasiado amplias sobre noticias falsas y delitos cibernéticos, o establecer granjas de trolls, unidades de referencia de Internet u otras brigadas que abusen de las plataformas tecnológicas para silenciar o censurar a las personas defensoras de los derechos humanos.

Instamos a los Estados a que apoyen activamente una resolución que reconozca marcos actualizados para proteger a las personas defensoras de los derechos humanos en la era digital, aborde los crecientes riesgos de los delitos cibernéticos, el acoso en línea, la vigilancia y la supresión de la libertad de expresión a través de la censura y la desinformación. También hacemos un llamamiento a los Estados para que resistan los esfuerzos que socavan y debilitan la resolución.

Organizaciones firmantes:

  1. International Service for Human Rights (ISHR)
  2. Centre for Democracy and Human Rights
  3. Reseau Nigerien des Defenseurs des Droits Humains
  4. Network of the independent Commission for Human rights in North Africa CIDH AFRICA
  5. The William Gomes Podcast
  6. Egyptian Initiative for Personal Rights (EIPR)
  7. UPR Info
  8. Southern African Centre for Constructive Resolutions of Disputes (SACCORD)
  9. The Legal Resources Centre( South Africa)
  10. European Saudi Organization for Human Rights
  11. Bir Duino-Kyrgyzstan
  12. Human Rights House Foundation
  13. International Bar Association’s Human Rights Institute (IBAHRI)
  14. CIVICUS
  15. APDH-CI
  16. ALTSEAN
  17. KARAPATAN
  18. Law and Democracy Support Foundation (LDSF)
  19. Mongolian Gender Equality Center
  20. Mongolian women’s employment supporting federation
  21. International Centre for Ethnic Studies
  22. Emonyo Yefwe International
  23. Defence of Human Rights and Public services Trust
  24. Reseau Ouest Africain des Defenseurs des Droits Humains
  25. Human Rights Online Philippines
  26. Instituto Brasileiro de Direitos Humanos
  27. Bahrain Institute for Rights and Democracy
  28. SHOAA for Human Rights
  29. International Center for Civil Initiatives “Our House”
  30. Feminine Solidarity for justice Organization
  31. World Uyghur Congress
  32. Aren ut Skelpen NL
  33. Namibia Diverse Women’s Association (NDWA)
  34. Human Rights Defenders Network in Central Africa (REDHAC)
  35. Kazakhstan Feminist Initiative “Feminita”
  36. Peace Brigades international
  37. AbibiNsroma Foundation
  38. Empower India
  39. Philippine Alliance of Human Rights Advocates
  40. Algerian League for the Defence of Human Rights (LADDH)
  41. Alliance to Renew Cooperation Among Humankind
  42. Salam for Democracy and Human Rights
  43. Rights Realization Centre /مركز تفعيل الحقوق
  44. Global Alliance for Tibet & Persecuted Minorities
  45. OTRANS-RN
  46. Latinas en Poder
  47. United Nations Association – UK (UNAUK)
  48. Women Human Rights Defenders International Coalition
  49. Acceso a la Justicia
  50. ALQST For Human Rights
  51. Global Human Rights Group
  52. DefendDefenders (East and Horn of Africa Human Rights Defenders Project)
  53. Human Rights support society
  54. Plataforma Lusófona dos Direitos Humanos-PLUDH
  55. Artists at Risk Connection – ARC
  56. International Dalit Soldarity Network
  57. Human Rights Defenders Network- Sierra Leone
  58. International Tibet Network
  59. Kazakhstan International Bureau for Human Rights
  60. Jamaica Household Workers Union
  61. Association of World Citizens
  62. Women Working Worldwide
  63. Bulgarian Helsinki Committee
  64. CAP Liberté de Conscience
  65. Franciscans International
  66. Association Mauritanienne pour la Promotion des droits de l’homme AMPDH
  67. Acción Solidaria
  68. Manushya Foundation
  69. End Impunity Organization
  70. Equality Bahamas
  71. Urgent Action Fund for Feminist Activism
  72. European Center for Not-for-Profit Law (ECNL)
  73. Fédération Internationale des ACAT
  74. Aine Sohayata Kendro Asok Foundation
  75. The FreeAlKhawaja Campaign
  76. Center for Human Rights Defenders and Justice
  77. Sabuesos Guerreras A.C
  78. AlertaVenezuela
  79. PEN America
  80. WE-Change
  81. Cristosal Centroamerica
  82. Asociación Generaciones de Paz
  83. Organización Interseccional Pro Derechos Humanos (OIDH)- Costa Rica
  84. Servicio Social Pasionista SSPAS
  85. International Civil Society Action Network (ICAN)
  86. Coalition Burkinabé des Défenseurs des Droits Humains (CBDDH)
  87. Women’s International League for Peace and Freedom (WILPF)
  88. East Timor and Indonesia Action Network
  89. The Bulan Institute for Peace Innovations
  90. Women’s Global Network for Reproductive Rights
  91. Promoting Empowerment Through Awareness for Lesbian and Bisexual Women (PETAL)
  92. Journalists and Writers Foundation
  93. Association For Promotion Sustainable Development
  94. Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
  95. In Defense of Human Rights and Dignity Movement (iDEFEND)
  96. Religious of the Sacred Heart of Mary NGO
  97. Due Process of Law Foundation (DPLF)
  98. Aula Abierta
  99. Organisation pour le Développement Intellectuel de Madagascar “ODIMA”
  100. WomenNC
  101. Human Rights First
  102. Refugee Council of Australia
  103. Bougainville Women’s Federation
  104. Task Force Detainees of the Philippines
  105. Our Journey
  106. Cisadane Resik
  107. Kababaihang Bataeño Para sa Kalikasan, Karapatan at Pagbabago (KaBaRo)
  108. Center for Civil Liberties
  109. Oyu Tolgoi Watch
  110. Steps Without borders NGO
  111. Transparency International Madagascar
  112. Equitable Cambodia
  113. Together NGOs
  114. International Federation of women lawyers (FIDA) Cameroon
  115. Serikat Buruh Migran Indonesia
  116. Echoes of Women in Africa
  117. HALLMARK MEDIA – the Commonwealth Africa Journal
  118. Asia Pacific Network of Environmental Defenders
  119. Action of Christians for the Abolition of Torture in Burundi (Acat-Burundi)
  120. LESBIAN GAY BISEXUAL TRANSGENDER CENTRE
  121. Korean House for International Solidarity
  122. Metro Center for Journalists Rights & Advocacy
  123. Galck+
  124. The Regional Coalition for Women Human Rights Defenders in South West Asia and North Africa (WHRDMENA)
  125. Asociación Española para el DIDH
  126. Sexual Rights Initiative (SRI)
  127. Pax Christi International
  128. IFEX
  129. Humanists International
  130. Access Now
  131. Alliance for Democracy in Laos
  132. Clima21
  133. Myanmar Ethnic Rohingya Human Rights Organization in Malaysia (MERHROM)
  134. Medical Action Group
  135. National Center Against Violence
  136. AMARA, Cambodian Women’s Network for Development
  137. Human Rights Concern – Eritrea (HRCE)
  138. SP Chanra
  139. Hawaii Institute For Human Rigjts
  140. Community Resource Centre
  141. Human Rights Council of Australia
  142. Protection International (PI)
  143. Friends with Environment in Development
  144. Solidarity With OTHERS
  145. Asian Forum for Human Rights and Development (FORUM-ASIA)
  146. Legal Resources Centre from Moldova
  147. Lawyers’ Rights Watch Canada
  148. Women’s Initiatives for Gender Justice
  149. The Kvinna till Kvinna Foundation
  150. STREHA Center
  151. Edmund Rice International
  152. Foundation for Aboriginal and Islander Research Action (FAIRA)
  153. Agir ensemble pour les droits humains
  154. Plateforme des Droits Humains
  155. Association for Progressive Communications – APC
  156. Daughters of Charity of Saint Vincent de Paul
  157. SIBUYANONS AGAINST MNING
  158. Sectoral Transparency Alliance on Natural Resource Governance in cebu, Inc.
  159. International Federation for Human Rights (FIDH) / Observatory for the Protection of Human Rights Defenders
  160. World Organisation Against Torture (OMCT) / Observatory for the Protection of Human Rights Defenders
  161. Centre for Feminist Foreign Policy (CFFP)
  162. CREA
  163. ILGA World
  164. La ligue pour la protection des prisonniers Sahraouis dans les prisons marocaines (LPPS)
  165. Women’s Major Group
  166. Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA)
  167. Tournons La Page
  168. Gulf Centre For Human Rights
  169. C. UCHE & CO.
  170. The Norwegian Human Rights Fund
  171. Amnesty International
  172. The Lesbian and Gay Association of Liberia (LEGAL)
  173. Plan International
  174. Accountability Counsel
  175. Hong Kong Democracy Council
  176. Save the Children International
  177. Advocates of Silenced Turkey
  178. Alliance for Shared Values
  179. Servicios y Asesoría para la Paz (SERAPAZ)
  180. Rumi Forum
  181. The Burundian coalition of Human rights defenders
  182. Dignity
  183. International Legal Initiative
  184. Yerkindik Qanaty
  185. Korgan-M
  186. Legal media center
  187. Public Foundation ‘Nemolchi.kz’
  188. Parliamentarism development foundation in Kazakhstan
  189. Regional Finance-Analitical Centre Kenes
  190. Public Foundation Inmir
  191. Public Association ‘We are against torture’
  192. Law and justice
  193. Eurasia human rights organization
  194. Public Foundation “Research center “Sandj”
  195. Public Foundation «Human’s hope»
  196. Public Association “Equal rights”
  197. Business & Human Rights Resource Centre

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