Durante las audiencias del caso Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo Vs Colombia, la Corte ha escuchado testimonios de seguimientos, amenazas e inteligencia ilegal, documentadas durante un período de casi 20 años, entre 1990 hasta el 2019, contra miembros del Colectivo.
El caso es inédito, según un representante de la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH), en relación al nivel de transparencia y rendición de cuentas que se espera del Estado.
“Esta será una oportunidad para determinar si el Estado debe informar a los ciudadanos sobre las actividades de seguimiento y establecer un control independiente para monitorear, prevenir y evitar que hayan acciones ilegales de inteligencia que lesionen los DDHH”.
Modalidades de seguimiento a partir de la inteligencia ilegal y la inteligencia ofensiva, fueron mencionados por los representantes de las víctimas como:
- Mecanismos de vigilancia
- Seguimiento
- Robo de información
- Perfilamientos e interceptaciones.
Posteriormente este información seria utilizada por la inteligencia ofensiva, en el desarrollo de amenazas a defensores y a sus familias, atentados, discursos estigmatizantes, montajes judiciales y asesinatos. Lo ocurrido, fue reconocido en el Informe de Fondo de la CIDH como hechos sistemáticos, con un patrón de actos.
Durante la Audiencia se mencionaron los daños y las afectaciones diferenciales y de género que sufrieron las mujeres defensoras por su labor. La abogada Soraya Gutiérrez, víctima en el proceso ha mencionado que esperan que: “La Corte se pronuncie acerca de la violencia de género y los impactos, el miedo, las angustias y una ausencia de tranquilad en nuestra vidas y la de nuestra familias, lo cual afectó nuestro proyecto de vida“.
Crucialmente, el Estado no ha prevenido que los hechos de violencia vuelvan a ocurrir a través de una investigación integral, según la CIDH, ni ha esclarecido la participación de todos los autores, altas autoridades militares, policías y posteriormente el DAS, en el diseño e implementación de un plan de persecución ilegal.
Este caso llega a la Corte en un contexto de agresiones generalizadas contra defensores en la región. El pasado 25 de mayo la CIDH expreso su preocupación “ante la elevada violencia, intimidación y criminalización de personas defensoras registrada durante los primeros cuatro meses del año” e hizo un llamado a los Estados a garantizar un ambiente propicio y seguro para la defensa de los derechos humanos. El comunicado refirió en especial a la situación de defensores en Colombia, advirtiendo el crítico número de asesinatos, según la Defensoría del Pueblo, hasta marzo del 2022 se registraron 52 homicidios.
Previamente, el 29 de enero de 2022, la Relatoría Especial sobre la situación de personas defensoras de DD.HH. envió una comunicación ALCOL1/2022 al presidente en la cual reconoció las vulneraciones contra los miembros del Cajar. Además, dio a conocer las amenazas de muerte contra el abogado de este colectivo, el señor Alirio Uribe Muñoz por su trabajo durante el Paro Nacional.
En el pasado, la Corte IDH se ha pronunciado sobre cuestiones clave relacionadas al derechos de personas defensoras. Ha sostenido la obligación de los Estados de adoptar todas las medidas necesarias y razonables para garantizar los derechos de aquellas personas que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad, como consecuencia de su trabajo. Además, la obligación se ve reforzada, por lo que se deben facilitar los medios necesarios para la protección de personas defensoras cuando son objeto de amenazas, generar las condiciones para la erradicación de violaciones por parte de agentes estatales o de particulares y abstenerse de imponer obstáculos que dificulten su labor[1].
El próximo 13 de junio, las partes presentaran sus alegatos finales y será la Corte quien decidirá sobre la responsabilidad y eventuales reparaciones por parte del Estado colombiano. En esta decisión las partes han buscado la implementación de una política pública integral de garantía para las personas defensoras, incluida una campaña permanente para legitimar la defensa de los DD.HH.
El equipo para Latinoamérica y Caribe del ISHR alienta la posibilidad de que la Corte IDH se pronuncie frente a las persecuciones ilegales contra personas defensoras, con el fin de combatir la impunidad estructural en la que se mantiene las graves violaciones contra el derecho a defender DDHH.
[1] Corte IDH. Caso Defensor de Derechos Humanos y otros vs. Guatemala. Sentencia de 28 de agosto de 2014, párr. 142.Corte IDH. Caso Nogueira de Carvalho y otro vs. Brasil, párr. 77; Caso Valle Jaramillo y otros vs. Colombia, párr. 91.