Un tratado clave para la región
El Acuerdo de Escazú es un tratado regional fundamental en materia de derechos humanos y medio ambiente. Garantiza el acceso a la información ambiental, la participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia ambiental en América Latina y el Caribe. El artículo 9 establece que los Estados deben proteger a las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, así como sus derechos de acceso a la información, participación y justicia.
Actualmente, 17 países son parte del acuerdo, mientras que otros Estados clave aún no lo han firmado ni ratificado. En febrero de 2025, varios procedimientos especiales de la ONU enviaron una comunicación a estos países instándoles a firmar y ratificar el tratado.
Con miras a reforzar su implementación, los estados parte del Acuerdo de Escazú adoptaron en 2024 un plan de acción que define medidas concretas para proteger a las personas defensoras. El plan contempla acciones urgentes a nivel nacional y mecanismos de formación y evaluación de capacidades. A partir de abril de 2024, cualquier persona puede enviar información al Comité de Apoyo a la Implementación y Cumplimiento si considera que un Estado no está cumpliendo con sus obligaciones bajo el acuerdo.
En 2024 también se adoptó una decisión específica sobre género, que reconoce los riesgos diferenciados que enfrentan las mujeres defensoras de derechos humanos en temas ambientales. Esta decisión exige a los Estados abordar la violencia de género y garantizar la participación activa de las mujeres en la gobernanza ambiental aumentando protección a todos los defensores.

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Incorporando el Acuerdo de Escazú en la Corte Interamericana
Durante el Foro, se presentó la iniciativa #EscazúEnLaCorteIDH, que busca que los estándares del Acuerdo de Escazú se integren en la próxima opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la emergencia climática.
ISHR participó en la elaboración de un amicus curiae en el que se instó a la Corte a:
- reconocer el rol indispensable de las personas defensoras ambientales en la acción climática;
- afirmar que el derecho a defender los derechos ambientales ampara tanto a individuos como a colectivos;
- utilizar el Acuerdo de Escazú como guía para interpretar los derechos consagrados en la Convención Americana;
- subrayar la necesidad de una protección específica para las mujeres y niñas en toda su diversidad, dada su exposición desproporcionada a los impactos de la crisis climática.

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Fortalecimiento de los mecanismos de protección
Una de las sesiones del Foro abordó la eficacia de los mecanismos nacionales e internacionales para proteger a las personas defensoras. ISHR participó en un panel que examinó cómo estos mecanismos pueden responder de forma efectiva a las amenazas.
En nuestra participación ISHR compartió lo siguiente:
- Hallazgos de la iniciativa Declaración+25, una reinterpretación desde la sociedad civil del marco internacional de protección a personas defensoras, elaborada con motivo del 25.º aniversario de la Declaración de la ONU sobre Defensoras y Defensores de Derechos Humanos.
- Desde 1998, han surgido numerosos mecanismos internacionales de protección. Sin embargo, muchas personas defensoras desconocen su existencia o no saben cómo acceder a ellos. Existen además debilidades en materia de capacidades institucionales y seguimiento de las recomendaciones emitidas.
- La importancia de una comunicación efectiva y una mayor coordinación entre mecanismos, para que se complementen y respondan de forma ágil y coherente, sin generar una carga adicional para las personas defensoras.
Participación en la gobernanza ambiental global
Durante el Foro, ISHR facilitó una consulta entre personas defensoras y la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible. Esta sesión se organizó con el objetivo de aportar insumos al próximo informe del Relator ante la Asamblea General sobre evaluaciones de impacto ambiental (EIA) y evaluaciones ambientales estratégicas (EAE).
La consulta permitió visibilizar las voces de mujeres defensoras y en general de personas defensoras del Caribe, quienes compartieron preocupaciones sobre el uso instrumental de las evaluaciones de impacto. En muchos casos, estas evaluaciones solo se elaboran para cumplir con requisitos administrativos, sin garantizar una participación efectiva, ni acceso a la información.
Varias personas defensoras también denunciaron la persecución y criminalización que enfrentan por parte de actores estatales y no estatales, así como la falta de mecanismos efectivos de protección.

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