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Sierra Leona

El proyecto de ley es simple y amplio, y contiene la mayoría de los derechos de las personas defensoras de derechos humanos y las obligaciones del Estado consagradas en la Ley Modelo. El mecanismo de protección está ampliamente establecido con propósitos claros.

El proyecto de ley de defensores de los derechos humanos de 2017

Tipo de instrumento: Ley y Mecanismo de protección
Estado: (al 1 de enero de 2022)
En curso; en discusión entre la sociedad civil y el Ministerio de Justicia (aún no presentado al Parlamento).

Comentarios sobre el instrumento:
El proyecto de ley es simple y amplio, conteniendo la mayoría de los derechos de las personas defensoras de derechos humanos y obligaciones del Estado consagradas en la Ley Modelo. Dentro de las leyes analizadas, es una de las pocas que explícitamente contempla el derecho a la privacidad. Sin embargo, otros derechos importantes no están contemplados, incluyendo el derecho a no ser sujeto de estigmatización y difamación. Por su parte, el mecanismo es establecido con facultades amplias y con propósitos claros. Faltan algunas disposiciones de la Ley Modelo (como las relacionadas con la protección de datos personales), pero estas podrían ser incluidas en versiones reforzadas del proyecto de ley aún por presentar. El proyecto de ley actual tiene errores gramaticales que causan confusión.

¿Contiene el instrumento disposiciones específicas de fácil uso para restringir los derechos de las personas defensoras de derechos humanos?
Potencialmente. La Parte III, Sección 7, titulada ‘Limitaciones a los derechos de los defensores de derechos humanos’ indica en su numeral XIII que las personas defensoras de derechos humanos deben presentar informes anuales a la institución nacional de derechos humanos, lo cual es un requisito existente en la ley que regula las ONG, y es complejo para las personas defensoras de derechos humanos que no están asociadas a una ONG.

 


Comparación con la Ley Modelo

A continuación se presenta un breve resumen del instrumento en comparación con la Ley Modelo. Para obtener información adicional y análisis de ISHR sobre Sierra Leona, haga clic aquí.

Una selección de derechos fundamentales para las personas defensoras de derechos humanos incorporados en el instrumento:

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Definición de las personas defensoras de los Derechos humanos

TOTAL

Part I 

Derecho a promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales

TOTAL

Parte II, Sección 1, I.

Parte V, Sección 22, XLV(a)

Derecho de formar grupos, asociaciones y organizaciones

TOTAL

Parte II, Sección 1, IIi.

Derecho de solicitar, recibir y utilizar recursos

TOTAL

Parte II, Sección 5, IX

Derecho a la libertad de expresión y derecho de buscar, recibir y difundir información

TOTAL

Parte II, Sección 2, IV.

Parte II, Sección 3

Derecho a acceder y cooperar con ONG, organizaciones de gobierno y organizaciones intergubernamentales

TOTAL

Parte II, Sección 1

Parte II, Sección 2, VI

Derecho a participar en asuntos públicos

PARCIAL

Parte II, Secciones 1, 2 & 3, i, II, IV a), VII

Derecho de tener reuniones de manera pacífica

TOTAL

Parte II, Sección 1, II.

Derecho de representar y promover

PARCIAL

Parte II, Secciones 1 & 2, I, II, VI.

Derecho a la libertad de circulación

NINGUNA

 

Derecho a la privacidad

TOTAL

Parte II, Sección 4, VIII

Parte IV, Sección 10

Derecho a no ser sujeto de intimidación o represalia

TOTAL

Parte II, Sección 3, VII.

Parte IV, Sección 11, XIX

Derecho a no ser sujeto de difamación y estigmatización

PARCIAL

Parte I, Sección I, ‘intimidación o represalia’;

Parte IV, Sección 9, XV d)

 

¿Obligaciones del Estado respecto a las personas defensoras de derechos humanos en el instrumento?

Disposición

Cobertura

Análisis/Artículos

Obligación de respetar, promover, proteger y cumplir los derechos humanos de las personas defensoras

TOTAL

Parte II, Sección 6, X

Parte IV, Sección 8, XIV

Parte IV, Sección 15

Obligación de facilitar las actividades y el trabajo de las personas defensoras

TOTAL

Parte IV, Sección 8, XIV, c)

Parte IV, Sección 9

Parte IV, Sección 15

Obligación de prevenir y garantizar protección contra la interferencia o intrusión arbitraria o ilegal, y la intimidación o represalias

TOTAL

Parte IV, Sección 11

Parte IV, Sección 12, XX

Obligación de investigar, de brindar soluciones efectivas y garantizar la reparación

TOTAL

Parte IV, Sección 11, XIX

Parte IV, Secciones 13 & 14, XXI-XXV

 

¿Mecanismo de protección de las personas defensoras de derechos humanos establecido en el instrumento?
Sí, en la Parte V, Sección 16.

Disposición

Cobertura

Artículos

Cooperación con las personas defensoras de derechos humanos, la sociedad civil y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales

TOTAL

Parte V, Secciones 17, 18 & 19, XXXIV(b)&(j), XXXV, XXXVI 

Capacitación del personal del Mecanismo en derechos humanos y libertades fundamentales

PARCIAL

Parte V, Sección 16, XXIX

Revisiones periódicas con personas expertas independientes y organizaciones de la sociedad civil sobre el funcionamiento del Mecanismo

TOTAL

Parte V, Sección 17, XXXV 

Recursos para el adecuado funcionamiento del Mecanismo / transparencia en el uso de los recursos

TOTAL

Parte V, Sección 20 

Reconocimiento público de la labor y los derechos de las personas defensoras de derechos humanos (promoción de la Declaración de la ONU)

TOTAL

Parte V, Sección 17, XXXIII(e), XXXIV(i) 

Difundir información sobre programas de protección para personas defensoras de derechos humanos, trabajo del Mecanismo

TOTAL

Parte V, Sección 17, XXXIV (h) 

Desarrollo de protocolos y directrices basados ​​en mejores prácticas para proteger a las personas defensoras de derechos humanos

TOTAL

Parte V, Sección 17, XXXIV (c) 

Asistir en las investigaciones para el enjuiciamiento de los delitos contra las personas defensoras de los derechos humanos

TOTAL

Parte V, Sección 17, XXXIII(c)&(d), XXXIV(e)

Concesión de medidas de protección en base a una evaluación de riesgos específica

TOTAL

Parte V, Sección 17, XXXIII(a)&(b), XXXIV(a), (d), (f)

Revisión/apelación de la decisión del Mecanismo ante tribunales o autoridad independiente

NINGUNA

 

Confidencialidad y protección de datos personales

NINGUNA

 

Acciones para lograr cambios estructurales (informes anuales sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos, asesoramiento al Gobierno sobre leyes y políticas relacionadas con las personas defensoras de derechos humanos)

PARCIAL

Parte V, Sección 17, XXXIV (g) 

Acceso rápido

Proyecto de Ley de Defensores de Derechos Humanos de 2017